Navarra tiene establecidas globalmente las cuantías más altas y contempla la mayor cantidad de especies como origen
El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ha aprobado nuevas cuantías y procedimientos en las indemnizaciones correspondientes a los daños en el ganado causados por fauna silvestre no cinegética. Es una normativa que busca armonizar y evaluar de forma coordinada todos los posibles daños generados por este tipo de ataques, creando un marco completo y claro que dé seguridad al ganadero.
La nueva Orden Foral contempla los daños causados en el ganado por grandes carnívoros, amenazados o no, como el oso o el lobo, hoy extinto en Navarra. La regulación recoge también específicamente, y con un procedimiento novedoso basado en la apreciación de indicios, los daños de buitre leonado, además de integrar los de otras especies de animales silvestres catalogadas bajo figuras de protección, como el águila real. Esta regulación sustituye a todas las normativas parciales hasta ahora existentes sobre daños por esas especies.
La nueva normativa actualiza al alza los importes para compensar a quienes se dedican a la ganadería extensiva por los daños causados en sus rebaños por animales protegidos o identificados como relevantes en los medios en los que habitan y que aportan beneficios ecosistémicos al conjunto de la ciudadanía. Navarra es el territorio con los importes globales más altos de la comparativa de comunidades y provincias con casuísticas parecidas. Para agilizar los cobros de las nuevas ayudas, se ofrece también un procedimiento simplificado, más próximo al ya testado sobre daños generados por oso, así como un sistema de acompañamiento y apoyo administrativo a la persona titular del ganado atacado por parte de profesionales cualificados pertenecientes a Guarderío de Medio Ambiente.
Estas ayudas son la medida compensatoria que se pone en marcha en caso de ataque, aunque Medio Ambiente, a través de la PAC, ha ido facilitando también otras medidas preventivas. Así, se ofrecen, entre otras, la contratación de pastores de apoyo para el manejo de los rebaños – fomentando el relevo generacional- , la instalación de cercados eléctricos, estructuras de pernoctación y dispositivos geolocalizadores, la mejora de espacios o infraestructuras ganaderas con desbroces y arreglos de cabañas o sistemas de información como la web del oso.
Cómo cuantificar los daños
Las indemnizaciones por los daños en el ganado causados por ataques de fauna salvaje no cinegética se fijan respecto a diversos escenarios, y teniendo en cuenta el número, la aptitud y la especie del animal dañado, así como la edad de los ejemplares perdidos, o si la explotación afectada había adoptado medidas de prevención para evitarlos o minimizarlos.
A partir de ahí, los daños se cuantifican en relación al valor medio de mercado atribuido a cada ejemplar y al importe de gastos que genere el ganado herido o los abortos. También se recoge en la regulación el concepto de “lucro cesante” es decir, los beneficios que el animal le hubiera reportado al ganadero de no haberse producido el ataque, tanto en carne, como en producción de leche.
Existe asimismo en la Orden Foral un concepto indemnizatorio vinculado a la cantidad de trabajo (horas o jornadas, según el supuesto) que se requerirían para compensar los problemas generados en la gestión del rebaño por el ataque: dispersión de ejemplares, estrés de las especies, pastoreo de recuperación… esta categoría se aplica únicamente a daños de grandes carnívoros y buitres.
Todas estas previsiones se refieren a daños en animales, porque los sufridos por instalaciones físicas de ganadería serán indemnizables, como hasta ahora, en base a las valoraciones realizadas por los servicios técnicos de la Dirección General de Medio Ambiente.
Orígenes e importes: los conceptos más amplios
La modificación normativa publicada coloca las cuantías de las indemnizaciones previstas en Navarra como las de importe más alto como conjunto respecto de las de otras cinco comunidades autónomas o provincias próximas con casuísticas similares (Cornisa cantábrica exceptuando Galicia, además de La Rioja y Bizkaia). Las de Navarra son, además, las de ámbito más extenso en número de especies cuyos daños generan derecho a indemnización.
Este respaldo económico quiere ratificar el compromiso social con la conservación de espacios y especies y, al mismo tiempo, viene a apoyar la ganadería extensiva, considerada clave para la conservación del medio natural y la biodiversidad. Así, el aumento de las cuantías previstas respecto de las ayudas anteriores es general y refuerza el respaldo a las explotaciones que integran medidas de protección ofrecidas por la dirección general. En esos casos, los importes de las indemnizaciones aumentan en un 25%, con independencia del tipo de ganado afectado.
Como ejemplo del incremento de las indemnizaciones en daños de ‘Grandes carnívoros’, en un caso simple sin medidas de protección, pasa de 441 a 613 euros (39% más), que será de 718 euros si la explotación cuenta con medidas de protección. En el supuesto más cuantioso de la tabla para esa categoría, la cantidad pasa de la actual 2.775 euros, a 4.328 euros (un 55,9% más).
En el caso de ataques de buitres, Navarra es, con Bizkaia, la única provincia del entorno que admite como indemnizables los ataques de estas aves, y las cuantías de la Comunidad foral son más altas. Como ejemplo, para un supuesto de ataque a una vaca pirenaica de 4 años con ternero, la provincia vasca valora los daños en 2.486 euros y Navarra en ese mismo caso fija la cuantía en 3.237 euros.
Guarderío, apoyo sobre el terreno, también administrativo
La Orden Foral busca, por un lado, simplificar el procedimiento para agilizarlo y, por otro, acompañar a la persona afectada a lo largo de la tramitación del expediente. Se inicia con el aviso de la persona interesada o quien ésta autorice a Guarderío de Medio Ambiente en un plazo máximo de 24 horas tras haber detectado el daño.
Eso se puede hacer llamando directamente al guarda de la demarcación del municipio (la información sobre los límites de las demarcaciones disponible en IDENA pinchando en el mapa, donde también se despliega una ficha informativa con el teléfono de contacto), o bien poniéndose en contacto con la Central de Medio Ambiente, en el teléfono 646594948 o en el mail centralmedioambiente@navarra.es). La central atiende ambos canales de lunes a domingo de 8 a 22 horas.
El guarda desplazado tras el aviso, ofrecerá sobre el terreno ayuda al ganadero para rellenar el parte del incidente y realizar los trámites necesarios, y así agilizar el proceso. Por primera vez, en caso de ataques de buitre quienes integran este servicio estarán habilitados para colaborar en la búsqueda y comprobación de indicios suficientes. La plantilla de Guarderío ha recibido formación específica para estos supuestos, en los que suelen quedar pocos restos apreciables.
En el plazo de quince días desde la detección del ataque, la persona afectada deberá formalizar por escrito la solicitud de indemnización ante la dirección general, para lo que de nuevo podrá contar con la ayuda de Guarderío. Tras el estudio de la solicitud y la documentación aportada, la administración abonará la indemnización que proceda o, si se considera insuficientemente acreditada la petición, abrirá un plazo de 10 días para aportar más documentación. Si el resultado es negativo para la persona solicitante se abrirá un plazo de alegaciones 15 días en el que podrá aportar más documentación. La resolución final deberá ser motivada.











